VISTO:
Las reiteradas inasistencias en las que incurren en el cumplimiento de sus funciones algunos funcionarios y personal temporario dependiente de este H.C.D:
CONSIDERANDO:
Que ante la cirscunstancia descripta en Visto resulta pertinente proceder a la remoción de los mismos.
POR ELLO:
ARTICULO 1°: Remover de sus funciones a los Sres. Pro secretario administrativo Don Miguel Villafañe DNI N° 160888050; Al Sar. Asesor jurídico Dr. Daniel Leguizamon. D.N.I N° 23238239 ; y al sr. Juliom Alberto Romano D.N.I N° 24162202, Categoría 20 Personal Temporario; em mérito a lo expuesto em visto:
Las reiteradas inasistencias en las que incurren en el cumplimiento de sus funciones algunos funcionarios y personal temporario dependiente de este H.C.D:
CONSIDERANDO:
Que ante la cirscunstancia descripta en Visto resulta pertinente proceder a la remoción de los mismos.
POR ELLO:
ARTICULO 1°: Remover de sus funciones a los Sres. Pro secretario administrativo Don Miguel Villafañe DNI N° 160888050; Al Sar. Asesor jurídico Dr. Daniel Leguizamon. D.N.I N° 23238239 ; y al sr. Juliom Alberto Romano D.N.I N° 24162202, Categoría 20 Personal Temporario; em mérito a lo expuesto em visto:
ARTICULO 2°: De forma
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